Unión marital de hecho
La Ley 54 de 1990 que define la figura de la unión marital de hecho y su régimen patrimonial, explica detalladamente lo que debe saber cualquier colombiano si se encuentra dentro de esta figura.
Define la unión marital de hecho como la alianza conformada entre hombre y mujer que sin estar casados hacen una comunidad de vida permanente y singular, debo decir que según Sentencia C- 683 – 15 del 4 de noviembre de 2015 está definición también se refiere a la unión conformada entre parejas del mismo sexo y que conforman una familia; además este vinculo crea la llamada sociedad patrimonial que es el conjunto de bienes que se adquieran durante la vigencia de esta figura.
Hay lugar a presumir de la sociedad patrimonial
- 1.Cuando exista unión marital durante el lapso no inferior a 2 años y que no se tenga impedimento legal para contraer matrimonio.
- 2.Cuando exista unión marital durante el lapso no inferior a 2 años y se tenga impedimento legal para contraer matrimonio
Para declarar la existencia de la sociedad patrimonial se pueden utilizar cualquiera de los siguientes medios:
- 1.Escritura pública ante notario.
- 2.Acta de conciliación efectuada en un centro de conciliación reconocido cumpliendo los requisitos mencionados anteriormente.
- 3.Sentencia Judicial.
Un punto importante es que además de que se puede hacer una disolución y liquidación de la sociedad patrimonial, cuando ya se desea romper con el vínculo; la cual se realiza mediante Escritura pública igual que un Divorcio, está disolución y liquidación prescribe al año luego de que sucede la separación física y definitiva de los compañeros, por lo que se debe actuar de manera rápida si se han adquirido bienes dentro de esta unión.
En Expertos Legales & Asociados damos todo el asesoramiento integral para la constitución o disolución de su Unión Marital de Hecho, comunícate con nosotros si deseas tener un real acompañamiento a las diversas situaciones que se presentan con respecto a la Unión Marital mal llamada Unión Libre.
Buenas tardes estoy interesada en conocer como es el proceso para reclamar la parte que me corresponde de una casa que se le debe al banco. Está hipotecada por el banco, pero en realidad se debe muy poco, como $2 millones. Yo vivo en ella, pero necesito mi parte para comprar otra casa, ¿qué debo hacer?.