Renovar la matrícula mercantil por Internet es fácil
Las Cámaras de Comercio del País cuentan con plataformas ágiles, claras y seguras para adelantar este trámite, que deben realizar todos los comerciantes durante el primer trimestre del año.
Hasta el 31 de marzo de 2017 tienen plazo los comerciantes colombianos para renovar su matrícula mercantil y la de los establecimientos de comercio según lo establece el Código de Comercio Colombiano. La Superintendencia de Industria y Comercio recuerda que aunque sean personas naturales o jurídicas, deben cumplir con este requisito dentro de los tres primeros meses de cada año.
Son además obligaciones de los comerciantes, contempladas en el mismo código, las de inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad, llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales, conservar, según la norma la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades, denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles, y abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
Artículo 33. La matrícula se renovará anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada año. El inscrito informará a la correspondiente cámara de comercio la pérdida de su calidad de comerciante, lo mismo que cualquier cambio de domicilio y demás mutaciones referentes a su actividad comercial, a fin de que se tome nota de ello en el registro correspondiente. Lo mismo se hará respecto de sucursales, establecimientos de comercio y demás actos y documentos sujetos a registro.
Sanciones por incumplimiento
Los comerciantes que no cumplan con la obligación de renovar la matrícula mercantil antes de la fecha establecida podrán ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio con multas que ascienden a los Doce Millones Quinientos Cuarenta y Un Mil Ciento Ochenta y Nueve Pesos ($12.541.189), equivalentes a 17 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (17 SMLMV), de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.
Para hacer la renovación
Para cumplir con el proceso de renovación de la matrícula mercantil, el comerciante sólo debe dirigirse a la Cámara de Comercio más cercana, o acceder a ella, a través de su página web, diligenciar los formularios y cancelar los respectivos derechos de matrícula que se liquidarán según los activos reportados.
Para la Superintendencia de Industria y Comercio "renovar la matricula mercantil oportunamente proporciona seguridad y confianza en los negocios y lo acredita ante los clientes como un comerciante legalmente constituido y cumplidor de sus deberes legales".
Al respecto, el Presidente de Confecámaras, Julián Domínguez Rivera, afirmó que: "para facilitar el proceso de renovación las Cámaras de Comercio han desarrollado servicios tecnológicos de vanguardia que permiten a los empresarios cumplir con su responsabilidad de forma segura, desde cualquier parte del mundo y a cualquier hora del día. Es importante que no dejen pasar esta oportunidad de refrendar su tradición comercial y su estatus como formal, puesto que hacerlo dará tranquilidad a sus socios comerciales y clientes, lo cual es fundamental para el crecimiento de cualquier negocio".
Enlaces de interés
Recuerde que en la página web de las diferentes Cámaras de Comercio del país encontrará un enlace a "Renovación del Registro". En cada una detallan el paso a paso de forma sencilla para no cometer ningún error. Si su caso requiere una atención particular o tiene dudas para las que no encuentra respuesta en estas páginas web, recuerde que puede contar con la asesoría de un abogado experto en Derecho Comercial.