Empleadas domésticas en concubinato podrán recibir herencia
La Corte Suprema de Justicia acaba de dictar una sentencia trascendental y polémica: las empleadas doméstica que mantengan relaciones con su patrones, pueden recibir herencia.
Una empleada doméstica que mantenga relación extramatrimonial con su patrón, de manera estable y continuada, puede reclamar derecho a herencia. Así lo ha establecido la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, que considera el concubinato como otro tipo de familia.
Hasta esta instancia llegó una demanda interpuesta por una mujer campesina del Socorro (Santander), quien convivió con su patrón en la finca Los Arrayanes, propiedad de él. La relación, sostenida entre 1995 y 2007, era tan estable, que muchos vecinos llegaron a considerar que vivían en unión libre.
No era así. El patrón seguía casado y con hijos, pero no negaba que tenía una relación sentimental con esta mujer, con la que también tuvo un hijo.
Al fallecer el hombre, en el año 2007, ella consideró que tenía derechos como empleada doméstica dedicada a las labores del hogar y del campo durante más de diez años, sin obtener remuneración por su trabajo y, además, como compañera sentimental de su patrón.
Mientras en la vereda Alto de Reinas, donde estaba ubicada la propiedad, muchos defendían los derechos adquiridos de la mujer, en el municipio de Socorro se iniciaba un litigio en el Juzgado Civil porque la legítima esposa y los hijos del matrimonio consideraban que el concubinato no otorgaba ningún derecho.
Finalmente, la Sala Civil de la Corte Suprema le dio la razón a la mujer con el argumento de que las relaciones extramatrimoniales, que se reconocieron en Colombia a partir de la Constitución de 1991, deben ser "asimiladas como un tercer tipo de unión de pareja, distinto al matrimonio y a la unión libre, pero con iguales efectos civiles".
En la práctica, esto quiere decir que la amante que pruebe una relación sentimental estable con un hombre casado también puede entrar como heredera. Por eso es que la polémica se ha encendido en redes sociales y medios de comunicación. Muchas familias se niegan a aceptar que la sentencia de la Corte las obligue a otorgar derechos civiles a mujeres que conviven como amantes con sus patrones o con hombres casados.
Si el concubinato se sobreentiende como otra forma de familia, serán muchas las mujeres que salgan a la luz pública para reclamar derecho a sucesión o a reconocimiento legal de su condición de parejas. De ahí la trascendencia de la sentencia, que intenta equiparar derechos a las mujeres, por encima del machismo imperante en la sociedad.
En el caso particular que dio origen a la sentencia, la Corte ha dicho que:
el aporte que hace la mujer a esa sociedad conyugal es el trabajo no remunerado que, durante años, cumplió en el hogar. A su juicio, las labores domésticas que cumplen las amas de casa son iguales de valiosas que los bienes y el dinero que integran el patrimonio de la sociedad conyugal.