Qué hacer si tiene problemas para pagar su hipoteca y lo embargaron
Si le embargaron su inmueble a causa de las deudas por no pagar a tiempo las cuotas de su hipoteca, existen alternativas para evitar que lo rematen
Pero, ¿en qué consiste la figura de la hipoteca y qué implicaciones puede tener para aquellos que deciden hipotecar sus bienes?
Según el código civil colombiano "la hipoteca es un derecho de prenda constituido sobre inmuebles que no dejan por eso de permanecer en poder del deudor"
Una vez hipotecado un inmueble el acreedor que es quien presto el dinero, tiene garantizado el pago en caso de que se incumpla con lo pactado, esto quiere decir que si el deudor que es el propietario del inmueble se atrasa en el pago de las cuotas puede ser embargado inmediatamente y correr el riesgo de perder su propiedad en un remate.
Lo cierto es que en la práctica antes de presentar una demanda en contra de un deudor atrasado en el pago de sus obligaciones se le notifica y se le permiten hasta 90 días en mora antes de ser demandado, sin embargo debe quedar claro que estos plazos son potestativos, toda vez que es el acreedor quien decide cuando demandar, pues de acuerdo con la ley se podría hacer desde el día siguiente que se presente la mora.
Después de que el deudor ha sido demandado se embargan sus bienes, esto quiere decir que se congelan para que no pueda vender ni hipotecar nuevamente y comienzan a contar intereses de mora a la tasa máxima legal permitida sobre el capital prestado, lo que implica que la deuda comienza a crecer rápidamente haciendo cada vez más difícil su pago.
Los inmuebles que han sido embargados pueden ser rematados a petición del acreedor si el propietario no realiza el pago de su deuda antes de que finalice el proceso judicial, los remates de inmuebles embargados resultan muy perjudiciales ara sus dueños pues se subastan por el 70% de su precio real, o muchas veces son rematados con avalúos catastrales, además quienes habiten el inmueble y deben ser desalojados para ser ocupado por su nuevo dueño.
Se debe tener en cuenta que no es obligación notificar la fecha del remate al dueño ni a quienes habitan el inmueble, es el propietario quien debe estar pendiente del proceso y actuar cuanto antes para evitar graves consecuencias.
Si bien es cierto que un inmueble embargado no se puede vender ni hipotecar y en la mayoría de los casos los propietarios no cuentan con los recursos para pagar y no perder sus propiedades, existen empresas dedicadas a brindar asesoría para resolver estos problemas y no permitir el remate de los inmuebles, lo importante es actuar y asesorarse en busca de alternativas que le permitan solucionar el asunto, recuerde que como propietario tiene derechos y privilegios incluso hasta el mismo día del remate.
hola, necesito un abogado para el asunto rematen de apartamento
Soy arquitecto. Realice una obra por administración delegada. Como en el comercio los dueňos, no trabajan ni son conocidos comercialmente. Las facturas del alquiler de equipo estaban a mi nombre. Los propietarios del edificio no pagaron y me embargaron mi casa y dieron orden de remate. La deuda a junio 14 de este aňo eran $43.000.000 el abogado demandante propuso $38.000.000 para llegar a un acuerdo. Ahora logré conseguir 35.000.000 para ver si uds podrían hacerme el favor de negociar con este abogado.