​¿Cuál es el procedimiento de las sucesiones?

Definir qué sucederá con los bienes de una persona que ha fallecido es una labor legal que se cumple a través de la sucesión pero, ¿cómo se realiza este proceso?

1 JUN 2017 · Lectura: min.
Cuando los bienes se dividen por porcentajes y no hay acuerdo para la venta, existe la opción de iniciar un proceso de remate para que cada uno obtenga su parte.

Tras la ausencia de un familiar la sucesión es uno de los procesos legales más delicados y necesarios. El derecho sucesorio es un aspecto del derecho privado en el que se define el destino de los títulos del fallecido.

El trámite debe realizarse a través de las vías notariales si es por mutuo acuerdo o por las judiciales, cuando no se comparte una misma opinión.

El primer paso depende de las características particulares del caso, sin embargo se puede decir que si el monto involucrado es inferior a 15 salarios mínimos vigentes, y hay acuerdo, no es necesaria la representación de un abogado aunque siempre se aconseja contar con una, pero si es superior a dicho monto se debe otorgar un poder a un profesional para que se ocupe del trámite.

Cuando hay acuerdo

Lo primero es realizar la solicitud de sucesión, allí se deberá anexar:

  • Los poderes otorgados a los abogados.
  • Los documentos en los que citen los hechos, las pruebas y otros anexos que se consideren necesarios.
  • Inventario de los bienes, obligaciones y derechos de la persona fallecida.
  • Avalúo de dicho inventario.
  • Trabajo de liquidación y partición de herencia.

Solicitar a tiempo una buena asesoría legal, de abogados dedicados a la resolución de sucesiones, evitará que por error falte alguno de estos documentos, lo que retrasaría el trámite.

Acción de las entidades del Estado

Con la solicitud en trámite las entidades oficiales se ocupan en comunicar la información. La Notaría deberá enviar la notificación a la DIAN, a la Superintendencia de Notariado y Registro, y a la Secretaría de hacienda colombiana cuando tenga la solicitud, el inventario, el avalúo, la liquidación y partición de los bienes involucrados en la herencia. Debido a que pueden haber terceros interesados en el tema que no estén enterados de este trámite, la ley colombiana ha establecido que la notaría fije el edicto, y que al mismo tiempo se publique a través de medios de comunicación como la prensa y la radio.

En caso de que la persona fallecida estuviera casada, la sucesión deberá incluir la disolución de la sociedad conyugal. Algunas veces será posible que la pareja no esté pero que, a través de la figura de representación, una persona de línea directa de consanguinidad (como un hijo) reclame los derechos legales que le correspondían a su familiar.

Liquidar sociedad conyugal

Cuando NO hay acuerdo

Aquí el trámite cambia pues pasa a ser de orden judicial. Cada familiar o persona que haga parte de la sucesión podrá hacerse presente a través de un abogado (apoderado a través de un Juez de Familia) que le representará en el proceso. El abogado será el encargado de presentar la demanda de sucesión, asegurarse de que la información quede registrada en la Oficina de Registro e Instrumentos públicos y de reunir los documentos necesarios:

  • Inventario de bienes, obligaciones y derechos del difunto.
  • Avalúo de inventario.
  • Trabajo de liquidación y partición.

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Tal como en las sucesiones donde hay acuerdo, el edicto debe ser publicado por prensa y por radio en este caso por parte de los involucrados. Cuando los bienes se dividen por porcentajes y no hay acuerdo para la venta, existe la opción de iniciar un proceso de remate para que cada uno obtenga su parte.

Paz y salvos

Antes de firmar las escrituras públicas es muy importante verificar que todos los involucrados estén al día en sus compromisos con la DIAN, la Secretaría de Hacienda, y en el pago de impuestos como el predial, valorización o impuestos sobre vehículos, en relación a los bienes vinculados en la sucesión.

Impuestos en Colombia

Cuando no se recibe la herencia

Las personas involucradas pueden renunciar a su parte, sin que esto implique que busquen favorecer directamente a otro heredero, también es posible que no se reciba nada si el fallecido hizo uso de la figura de desheredamiento, contemplada en el Código Civil colombiano.

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14 Comentarios
  • Lina Estupiñan

    Bns tardes, se puede hacer una sucesión sin haber pagado el impuesto predial? Si un dueño tiene el 66% y el otro 33%, el que tiene el 66% puede vender si el de 33% no quiere?

  • Carlos Alberto Zapata Vélez

    Buenas tardes. Quisiera pedirle el favor y me indica la resolución de 2018 donde dice que la sucesión de bienes inmuebles se debe hacer teniendo en cuenta el avalúo comercial de una propiedad y no del avalúo catastral. Esto para el pago de los derechos notariales y para el pago del abogado. Gracias si puede colaborarme.

  • Flor María Ortega de Muñoz

    Necesitamos estado detallado de cuenta tributario de Flor Maria Ortega de Muñoz para poder continuar el proceso de escritura de la sucesión que no ha sido posible obtener

  • Katherine Garcia

    Buen día, tengo una casa de interés social que adquirí con mi ex pareja y él falleció en el 2018. Nosotros ya no convivíamos juntos. No tuvimos hijos y tampoco nos casamos ni existe documento que diga que yo era su cónyuge. En este caso solo existe la madre, ella reclama la parte de su hijo (50%), en las escrituras aparecemos los dos, teníamos el crédito hipotecario pero fue condonado con el fallecimiento de él por (16.000.000). Le quiero comprar el 50% a la madre, pero no sé como se deba hacer para sacar el valor exacto para pagarle a ella por el 50%. $$??? Le realicé un peritaje y está avaluada en 59.000.000. ¿A quién me corresponde pagar la sucesión?

  • fabiola Bohorquez Sanchez

    ¿Cuánto tiempo toma para editar respuesta del desplazamiento al periódico y la radio?

  • Yuri carolina Moncayo

    Buenas noches: quisiera saber qué se puede hacer en este caso.. mis abuelos murieron y dejaron un terreno y tuvieron 7 hijos de esos hijos dos de ellos quieren apoderarse de eso sin tener en cuenta a los demás... ¿Qué se puede hacer en este caso? Agradecería su valiosa información.

  • Carlos Mauricio Osorio.

    Tengo un contrato de arrendamiento de tres ha de plátano y hay un proceso de sucesión. Hubo un fallo de una de las partes de desalojo. Mi contrato lo deben respetar y seguir con el cultivo hasta que repartan la propiedad.

  • CONSUELO PLAZA BARCO

    MI PADRE VIVÍA CON UNA SEÑORA Y OBTUVIERON UNA VIVIENDA, PERO LA ESCRITURA SALE A NOMBRE DE LA SEÑORA Y HACE 34 AÑOS VIVIERON. ELLA FALLECIÓ Y SU SIETE HIJOS NO QUIEREN DARLE LA PARTE A MI PADRE Y HACE 4 AÑOS QUE ELLA FALLECIÓ. QUÉ DEBO HACER, GRACIAS.

  • Carlos Aragon primero

    Buenos días. Mi padre vivió casado 67 años. la señora sobrevive. en la escritura figura ella y un hijo mayor, antes de yo nacer. Él me tuvo con alguien que nunca convivió con él pero me dio el apellido. La casa de él es patrimonio familiar. ¿Yo tengo algún derecho sobre esa propiedad? Yo soy mayor de edad y nunca conviví con él.

  • Sandra Rodrigue

    Buenas tardes: Pregunto. Si uno de los bienes de la persona fallecida se encuentra, en este caso, en un proceso de pertenencia sin culminar, ¿se puede empezar el proceso, liquidar lo que está claro y dejar el otro bien para liquidarlo en sucesión después.? Gracias


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