Cambios en la cuota alimenticia con la llegada de nuevos hijos
Existen circunstancias que siembran dudas acerca de la cuota de alimentos, pero, ¿realmente 'algo' la puede cambiar? Acá le contamos lo que dice la ley colombiana acerca de este tema.
¿Qué pasa con la cuota alimentaria si el padre o madre de mi hijo concibe otro hijo? Esta y otras dudas aparecen a diario al pensar en el tema de la fijación de la cuota alimentaria a la que tienen derecho los niños en Colombia, por eso es un asunto complejo que vale la pena repasar.
Cuando el padre o la madre demanda al otro para abogar a favor del derecho de los niños, lo primero es entender que no existe una fórmula única y exacta que la ley colombiana aplique para todos los casos.
La cuota alimentaria no se refiere únicamente a la comida en el sentido literal, sino a todo lo indispensable para su sustento como: habitación, vestido, asistencia médica, recreación y educación.
"El derecho de alimentos es aquel que le asiste a una persona para reclamar de la persona obligada legalmente a darlos, lo necesario para su subsistencia, cuando no está en capacidad de procurárselo por sus propios medios. Así la obligación alimentaria está en cabeza de quien por ley; debe sacrificar parte de su propiedad con el fin de garantizar la supervivencia y desarrollo del acreedor de alimentos" – Corte Constitucional de Colombia.
Sin embargo, volviendo a la pregunta inicial de si puede 'pasar algo' cuando el padre o madre tienen otros hijos la respuesta es sí. Aunque cada caso será examinado por el juez o Defensor de Familia, tener otros hijos hace parte de las causas que pueden determinar un cambio en la cuota de alimentos asignadas.
¿Cuáles son los factores examinados para determinar la cuantía de la obligación alimentaria?
El juez de familia, quien en últimas es quien da la palabra final al fijar la cuota de alimentos, está obligado según la ley a examinar circunstancias como:
1. Otras obligaciones alimentarias: En caso de que el progenitor o progenitora tenga responsabilidades con otras personas a las que por ley también les debe alimentos. Aquí se aplica el caso de tener otros hijos, así como compromisos con un cónyuge, padres u otros.
2. Límite de la cuota: No es permitido que un embargo de salario relacionado a demanda por alimentos sea superior al 50%:
"(…) Cuando el obligado a suministrar alimentos fuere asalariado, el Juez podrá ordenar al respectivo pagador o al patrono descontar y consignar a órdenes del juzgado, hasta el cincuenta por ciento (50%) de lo que legalmente compone el salario mensual del demandado, y hasta el mismo porcentaje de sus prestaciones sociales, luego de las deducciones de ley. El incumplimiento de la orden anterior hace al empleador o al pagador en su caso, responsable solidario de las cantidades no descontadas. Para estos efectos, previo incidente dentro del mismo proceso, en contra de aquél o de este se extenderá la orden de pago (…)" Art. 130 del Código de Infancia y Adolescencia.
3. Capacidad económica: Es necesario tener en cuenta la situación particular del alimentante o demandado.
4. Necesidades del menor: También las necesidades específicas del niño o niña deben ser consideradas puntualmente en cada caso, y para ello el juez debe referirse a necesidades fácticas, sociales y económicas.
5. Desempleo: Esto no indica que el padre o madre queden libres de su responsabilidad, sino que, si no cuenta con un empleo o tiene ingresos muy escasos, la cuota de alimentos que deberá aportar se fijará sobre el salario mínimo legal vigente.
6. Es ajustable: Cada uno de los ítems enumerados puede variar y así mismo la cuota alimentaria se reajustará periódicamente. Este cambio se podrá realizar cada primero de enero siguiente, o según lo pacten las partes ante el juez.
Llegar a un acuerdo entre los involucrados es el consejo y el primer paso en todos los casos donde hay hijos o existe la responsabilidad de una cuota de alimentos, no obstante, si no hay posibilidades de lograrlo le aconsejamos acudir a un abogado en derecho de familia que le permita adelantar el proceso necesario para velar por los derechos de los menores.
Al final lo importante es saber que de ninguna manera los padres quedan exentos de su responsabilidad y para ello, de ser necesario el Defensor de Familia, Comisario de Familia o Juez de la República, intervendrá dando punto final (o punto seguido, por aquello de lo periódico) a la discusión con la asignación de la cuota de alimentos.
Recuerde: No cumplir con lo acordado ante la entidad encargada puede acarrear acciones legales en su contra, como el embargo de bienes y/o su salario.
El padre de mi niña menor, está demandado por alimentos por su hija mayor, pero aquí vulneran los derechos de mi hija, ese hombre hasta ahora consiguió trabajo, paga arriendo, tiene que dar una cuota a su madre mayor de edad... Y para evitar ir a la cárcel, le va a dar a su hija mayor $250.000 mensuales y mi niña si acaso le dará $100.000 por qué no alcanza para más, eso es justo?
Quisiera saber si la cuota fijada de alimentación se reparte entre dos hijos de hogares diferentes?
Si la ley falla a privación de la libertad por alimentos pero la persona espera un segundo hijo con otra mujer , puede ser enviado a prisión?
Tengo 8 hijos y respondo por todos pero hay 3 hijos que la mama no me los deja ver hace 4 yo le respondo por la cuota quisiera saber cuanto debo aportar de cuota me gano el mínimo
Buenos días. Cordial saludo. Tengo dos hijos menores de mí matrimonio, tanto ellos como mí esposa dependen económicamente de mis ingresos, además tengo una hija extramatrimonial y es menor de edad; deseo saber cuánto es el dinero que debo dar a la madre de mi niña para su sostenimiento. Mi salario es $ 3400000. Mil gracias
Tengo 2 hijos en mi matrimonio y uno extralegal y quiero saber cuánto es la cuota para cada mínimo con un salario mínimo
Pacté una cuota alimentaria ante el juez del 9% para mi hija más educación y servicio médico la madre se toma la autonomía y la juez le da otra cuota que no fue pactada del 18% dejando a mis otros hijos con el porcentaje pactado por lo tanto estoy incumpliendo con lo pactado por el juez
Tengo 5 hijos con una sola señora. Ella me entregó 2 y yo le colaboro de vez en cuando con los otros 3 que ella tiene. Me demandó. ¿Qué me pueden asesorar? Ella no trabaja y averiguó dónde trabajaba y me hizo llegar la situación a la empresa. Qué pena con los jefes, ¿me pueden dar una pequeña asesoría de orientación? Gracias.
Ni estoy de acuerdo que los padres sean tan irresponsable si no pagan que paguen con carsel
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