Trabajador en incapacidad
Buenos días, tengo un trabajador que se le vence el contrato a término fijo el 19 de junio de 2024. Sin embargo el 12 de febrero del año en curso tuvo accidente laboral se fracturó dedo centro de la mano izquierda, la cual no es su mano dominante. El médico le mandó entablillarlo. Cada que se iba a finalizar la incapacidad el trabajador iba a que se la prorrogaran. Al percatarnos que era un hábito del trabajador para no retornar a sus labores, se solicitó a la ARL hacerle seguimiento al trabajador. El médico laboral de la ARL lo valoró el 14 de mayo y concluyó que él puede ingresar a labores y no le prorrogó su incapacidad. Sin embargo el trabajador tuvo un accidente de tránsito el 8 de mayo de 2024 supuestamente cuando iba a sus terapias por medio de la ARL. Él iba en bicicleta a sus terapias y lo atropelló una moto. Le dieron 15 días de incapacidad general por "esguince en hombro derecho" a causa del accidente. No fue atendido por SOAT sino por EPS. Cuando sufrió el accidente, estaba vigente su incapacidad laboral. La empresa ha notado ciertos rasgos deshonestos del trabajador y por eso le notificó preaviso el 14 de mayo sobre que el contrato actual no se le va a prorrogar, pero en consideración a las recomendaciones de la ARL y la incapacidad de origen común, le efectuará un nuevo contrato a partir del 20 de junio de 2024. Es esto legal.