¿Tiene derecho mi ex compañera a quedarse con mi casa?
Viví en unión libre y me separé hace dos años. Tengo la custodia de mis dos hijos y tengo otra mujer. Ahora mi ex me está peleando la casa que está a nombre mío. ¿Tiene derecho a quitármela?
Viví en unión libre y me separé hace dos años. Tengo la custodia de mis dos hijos y tengo otra mujer. Ahora mi ex me está peleando la casa que está a nombre mío. ¿Tiene derecho a quitármela?
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Señor Rolando, cordial saludo.
Se asume que la duración de la Unión Libre fue superior a dos años, en virtud de lo cual se presume la existencia de la Sociedad Patrimonial de Hecho.
No obstante, manifiesta que llevan dos años separados. De ser así, el derecho de su ex-compañera permanente prescribió puesto que la Ley otorga un término de un año contado a partir de la separación para accionar la disolución y liquidación de la Sociedad Patrimonial.
En efecto, no puede su ex-compañera legalmente obtener el 50% del inmueble, y aun menos la totalidad del mismo.
Para precisar nuestra asesoría comuníquese con nosotros.
Atentamente,
Asesorías y Gestiones Jurídicas
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Señor Rolando,
Reciba de parte de Apoyos Jurídicos S.A.S un cordial saludo.
Respecto al tema que le inquieta, queremos decirle que son diversos los factores que se deben tener en cuenta al momento de librar un litigio conforme a los eventos que usted manifiesta, entre ellos el tiempo en que se adquirido el inmueble, los recursos de la adquisición del mismo, los tiempos de separación toda una serie de circunstancias que a la largan determinaran los efectos Juridicos que la separación puede acarrear.
Como siempre nuestra recomendación es que se asesore de un grupo de especialistas en el tema pues cada caso tiene sus propias características y esto lo hace único. Apoyos Jurídicos Especializados S.A.S.
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Buenas tardes.
Su excompañera no tiene derecho ninguno, lo ha perdido en razón del tiempo.
Pero aún en el evento de que se discutiera que no han pasado 2 años etc. sería preciso ver la fecha en que usted adquirió el inmueble, pues los bienes que uno tiene con anterioridad a la creación de una sociedad entre compañeros o entre conyuges no entran a la sociedad. No dude en consultar cualquier duda adicional.
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No tiene derecho, pero usted debe adelantar acciones judiciales para que no este en ese dilema siempre. Lo invitamos a consultarnos.
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Respetado Señor ROLANDO, reciba un cordial saludo desde la confianza que le puede brindar una Fundación Jurídica única de éste gran portal, si su ex-conyuge permanente ha iniciado un proceso de disolución y liquidación de la sociedad conyugal, se deberá demostrar que su casa fue adquirida de su propio capital de su propio trabajo y por tener la custodia de sus hijos, quién debe tener el inmueble es Usted, por lo tanto, como se puede apreciar se trata de un delicado caso que debe ser adelantado por un profesional especializado en derecho de familia, en divorcios y lograr que su ex-conyuge (que también estará asesorándose a fondo en el tema), no lo vaya a dejar en la física calle; por lo que nuestra recomendación es llevar este proceso desde un principio por nuestros profesionales especializados de nuestra corporación social, ubiquenos directamente por nuestro nombre en los buscadores de internet y suscribase en nuestra página para recibir toda la asesoría que requiera.
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Buenas tardes señor Rolando,
En dado caso que usted haya vivido más de dos años con su ex pareja, y se pueda entender que fue una unión marital de hecho, su ex pareja tendría derecho a reclamar la liquidación de esa sociedad de hecho que existió.
Contáctenos para conocer mejor su caso y brindarle la asesoría legal pertinente que requieren estos casos de familia, en GHER & Asociados somos expertos en temas de derecho de familia.
Atentamente,
GHER & Asociados Abogados
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