Hola, quisiera saber si esa entidad puede embargarme el sueldo de nómina para cubrir esa deuda,ya llevo 1 año y algo que no pago y tengo esa duda y si es así quiero saber también si lo hacen apenas me consignen o se demora algún tiempo para hacerlo
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Si ud gana sólo el salario mínimo no se lo pueden embargar bajo ninguna circunstancia. Si gana más, de lo que supere el salario mínimo sólo puede embargarse la quinta parte. (Si PROGRESER es una cooperativa a la que ud pertenezca, si le puede embargar hasta la mitad del salario). Una vez el juez ordena el embargo del salario, se comunica al empleador para que realice los descuentos correspondientes. El empleador debe acatar la orden judicial y proceder a descontar automáticamente la parte embargable del salario, es decir no se le consigna a ud, se le consigna al juzgado.
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