el valor de la cuota de administración no corresponde con el coeficiente de copropiedad establecido en el reglamento de propiedad horizontal. Una Asamblea de propietarios decidió modificar los coeficientes de copropiedad establecidos en el reglamento de propiedad horizontal, sin previamente haber modificado el reglamento. Se puede entablar una demanda por cobro de lo no debido contra la copropiedad? se puede reclamar los dineros que se han pagado de más? se puede declarar nula esa decisión ilegal de Asamblea?
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Sí, es posible entablar una demanda por cobro de lo no debido si se ha pagado una cuota de administración que no corresponde al coeficiente de copropiedad establecido en el reglamento de propiedad horizontal. Según el artículo 25 de la Ley 675 de 2001, las cuotas de administración deben calcularse con base en los coeficientes de copropiedad establecidos en el reglamento. Cualquier cobro que no respete esta disposición puede considerarse indebido y, por lo tanto, reclamable. Además, el artículo 45 de la Ley 675 de 2001 establece que las decisiones que se adopten en contravención a las disposiciones legales sobre quórum y mayorías serán absolutamente nulas.