¿Se puede mandar a una persona a descargos sin un llamado de atención previo?

Realizada por jackeline florez. 19 nov 2015 Asesoría

Buenos días

El día de hoy me mandaron a descargos que porque el sistema donde se marca la hora no me registra, también que por que desayuné por 10 minutos, y porque algunos días he llegado tarde por 10 minutos. Mi pregunta es si se puede mandar a descargos sin primero hacer un llamado de atención. Pedí que me enseñen los vídeos que muestran que llego tarde, y los días que supuestamente no me marca el aparato de registro de llegado, pero se negaron.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Para un llamado a diligencia de descargos proceden ciertos requisitos por ejemplo que su uso cumpla con el principio de inmediatez de la falta, quiere decir a que entre la falta cometida y la decisión del empleador de llamar a un empleado a descargos exista un tiempo razonable de 12 o 24 horas después de sucedido el hecho , que al momento de ser llamado a descargos exista plena prueba que corrobore la falta que se pretende aclarar, existencia de culpa o dolo de trabajador en sus faltas disciplinarias, relación causal entre el efecto producido y la falta producida, la proporcionalidad entre la falta y la sanción y que se respeten los derechos mínimos que consagra el debido proceso administrativo; si se demuestran irregularidades en la toma de descargos, ello puede incidir en que se declare por la vía Judicial la nulidad o la improcedencia del despido y la consecuente reclamación de sus indemnizaciones que por ley tenga derecho.

Carolina Ramos y Abogados Abogado en Cali (Comuna 11)

6 respuestas

112 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

ANTES de ponerle una sancion toca llamarlo a descargos. y si ud dice que llega tarde pueden despedirlo, eso puede terminar en inejecucion de su trabajo, y es una justa causa de despido.

Legal Abogado en Barrios Unidos (Bogotá Centro)

69 respuestas

256 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Cordial saludo. El derecho a la defensa y el debido proceso están contemplados en la normatividad vigente. Si fuere violado podrán acudirse a instancias judiciales para que le sea entregada información, documentación o vídeos. Estos le permitirán determinar si hubo incumplimiento o no a sus obligaciones.

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Cordial saludo. El derecho a la defensa y al debido proceso está contemplado en la normatividad vigente. En caso de que sea violado podrán acudirse a instancias judiciales para que les sea facilitada la documentación o vídeos que les permitan determinar si hubo incumplimiento a las obligaciones y poder presentar si fuere el caso los descargos.

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

El procedimiento normal es que antes de aplicar una suspensión, llamado de atención o cualquier otra medida, EL TRABAJADOR debe ser oído en diligencia de descargos.
En orden sería: descargos y luego medida disciplinaria.

CNG ABOGADOS CONSULTORES Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

679 respuestas

625 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

La empresa si puede llamarla a descargos sin que existan llamados de atención. Esto se hace para respetar el debido proceso y en esta diligencia usted podra establecer lo real e irreal frente a lo que han planteado. Pero para que sea legal debe usted conocer las pruebas que tienen, ellos debieron informarle que podia llevar testigos a su favor y pruebas, notificarle por escrito la apertura del proceso disciplinario y si usted nunca ha tenido llamados de atención la sanción no puede ser desproporcionada.

AG Abogados Abogado en Villavicencio (Comuna 8)

8 respuestas

29 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas noches, se establece en el código laboral, que al empleado debe garantizársele el debido proceso, es por esto que no es posible hacer un llamado de atención o aplicar una sanción disciplinaria, sin antes escuchar al trabajador y es por esto que se le cita a audiencia de descargos antes de tomar alguna medida.

Paula Puerta Abogados Abogado en Medellín (El Poblado)

140 respuestas

527 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Respetada Señora JACKELINE, reciba un cordial saludo por parte de la única fundación experta en éste tipo de asuntos laborales a su servicio; efectivamente Usted cuenta con la Inspección del Trabajo para Denunciar este tipo de actividades de acoso laboral; nuestra corporación cuenta con abogados especializados que le podrían visitar su Empresa hablar con su Empleador y exigirle el Debido Proceso ya que si éste también es violado le cabe una Acción de Tutela; busquenos estamos en todas las redes sociales a su servicio.

Anónimo-262477 Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

3880 respuestas

9330 votos positivos

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Justamente el llamarle a descargos es la oportunidad que la ley laboral le da a usted de presentar las justificaciones de los incumplimientos al tomarse tiempo para desayunar y por los retrasos en la hora de entrada a laborar. Posteriormente la empresa puede tomar las medidas que considere necesarias.

GR & Asociados Abogado en Cali (Comuna 2)

188 respuestas

154 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Asesoría

Ver más abogados especializados en Asesoría

Describe tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 2050

abogados

preguntas 5850

preguntas

respuestas 8600

respuestas