restringuir uso zonas comunes para niños

Realizada por Hernan. 15 sep 2024

Puede la administardora de un conjunto residencial llamarla atencion a los niños por estar jugando en una zona comun, ya que no tienen mas espacio, y que por pasar una cerca se suelte una cuerda llamarles la atenciona ellos y sentarlos a darles un regaño, sin avisar antes a los padres o acudientes ?
en la unidad donde vivimos actualmente se viene presentando un acoso cuando los niños juegan pelota para no hacer ruido les toco hacer una pelota de papel o jugar con una de espuma, pero ni asi les pemiten jugar en el horario normal hasta las 7 Pm, y cada vez es mas siente uno el acoso hacia los niños, los guardas les dicen que no juegen por que hay una persona enferma, son niños entre 7 y 14 años que a las 8 o 9 de la noche ya estan en los apartamentos , pero no les estan permitiendo jugar, como padres que podemso hacer ante esa situacion, los culpa de daños que no han hecho , no son niños que digan groserias, ni esten en lugares noa decuados, pero solo por el hecho de star en uan zona comun reciben continuanente llamados de atencion, agradeciendoi ala atencion prestada Diego

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La administración de un conjunto residencial tiene la obligación de garantizar la convivencia pacífica y la seguridad de los residentes, pero sus competencias están limitadas por la Ley 675 de 2001 y el reglamento de propiedad horizontal. Según la jurisprudencia, la administración no puede imponer medidas disciplinarias o correctivas directamente a los niños, como regaños o sanciones, sin antes informar a los padres o acudientes y respetar el debido proceso.

La administración del conjunto residencial no puede imponer restricciones arbitrarias o desproporcionadas al juego de los niños en las zonas comunes, ni regañarlos directamente sin informar a los padres. Los derechos de los menores al juego y al esparcimiento deben ser respetados, siempre que no se generen daños o perturbaciones objetivas. Como padres, pueden buscar soluciones a través del diálogo con la administración, la revisión del reglamento de propiedad horizontal y, de ser necesario, la intervención de las autoridades competentes.

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