Mi primo fue condenado en primera y segunda instancia. Pero no pudo interponer el recurso de Casación. ¿Cuánto puede pasar para la acción de revisión en la Corte Suprema?
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CAMILO bienvenido al Consultorio Jurídico Online especialistas en asesorías virtuales legales a nivel mundial, cubrimiento internacional, profesionales con postgrado, resolvemos su Consulta por whatsapp o messenger, mas de dieciséis años de experiencia, contáctenos, como especialistas en derecho PENAL son cinco días para interponer la acción de revisión los cuales se cuentan a partir de la última parte que se notificó, es decir, el condenado, el ministerio público y las victimas; la otra opción que se tiene es interponer una acción de nulidad o una acción de tutela.
Camilo, cordial saludo,
En Derecho Penal son cinco días para interponer la Revisión en la CSJ y diez para sustentarla. La Acción de Nulidad en cualquier tiempo.