Inicié el proceso de sucesión, pedí al juzgado el embargo de la cuota parte de un bien dejado por el causante, luego aparece una de las herederas diciendo que el juez cometió, un error, y que por lo tanto se declare nulo la apertura del proceso.
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Respecto a los acreedores estos se reconocerán como tal cuando aporten el documento en el que conste su crédito para lo cual tendrán hasta la diligencia de inventario; ahora quien ostente estas calidades tendrá hasta antes de ejecutoria de la sentencia aprobatoria de la última partición o adjudicación de bienes para solicitar su reconocimiento dentro del proceso.
Anny cordial saludo, desde una firma seria de abogados con postgrado, líder en asesorías virtuales online a nivel mundial por whatsapp - skype - msn y muchísima experiencia en derecho sucesoral, estas cosas pasan es legal alegar las nulidades que quieran, pero con una oficina de abogados al frente de su proceso se atacan ésas acciones dilatorias, costo del proceso seis salarios mínimos.