Trabajo hace un año y nos pagan 45000 pesos por turno en un billar, sin derecho a ningun tipo de seguridad. Solamente son los 45000 pesos por turno, el pago se realiza semanalmente y tengo que trabajar 12 o 13 horas diarias de lunes a miercoles de 2pm a 2 am y jueves a sabado de 2pm a 3am. Al momento de retirarame los administradoes y el dueño dicen que no me van a reconocer liquidacion alguna me parece algo injusto ya que trabaje este tiempo con mucho esmero y desacansando 1 o 2 dias por semana quisiera me pudieran decir si puedo hacer algo al respecto o por el contrario no se puede hacer nada
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MARIANA JUAN GUILLERMO cordial saludo desde la única fundación líder en consultoría jurídica especializada como abogados en derecho laboral y seguridad social, nuestra recomendación es contar con un profesional que tenga postgrado y experiencia en éstos procesos como los de nuestra Corporación, con el fin de brindarle toda la asesoría para iniciar la reclamación, denuncias o demandas para que le sea cancelada su merecida liquidación; así que escribanos directamente al correo: fundacionsanivo en gmail o en nuestra dirección encontrará nuestro número telefonico o estamos por nuestro nombre en internet, donde un abogado lo asesorará en este caso.
Buenos días. Usted tiene derecho a una liquidación. Su contrato por haber sido verbal es a término indefinido. Deben pagarle horas extras, dominicales y compensatorios. También los aportes a seguridad social que dejaron de realizarle pensión junto con los intereses moratorios). Así mismo deben reconocerle las prestaciones sociales dejadas de pagar, esto es, prima de servicios, cesantías junto con sus intereses. Le recomendamos acudir al Ministerio del Trabajo donde le pueden brindar asesoría sobre este tema. Finalmente también puede acudir al Consultorio Jurídico de cualquier Universidad que cuente con Facultad de Derecho.
Somos una firma con más de 10 años de experiencia y tradición jurídica en Colombia, cuyo objeto social es desarrollado a través de abogados especializados en las diferentes ramas del derecho, apoyados por profesionales en investigación judicial y peritos en contaduría, medicina, ingeniería, balística, topografía, psicología, Lofoscopia, luces forenses, química, toxicología y otras; conformando un grupo interdisciplinar capaz de garantizarle un adecuado servicio con el fin de minimizar riesgos potenciales que afecten a nuestros clientes. Para una mejor asesoría, contáctenos.
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Cordial Saludo, Debes tener en cuenta que la legislación Colombiana en la jurisdicción laboral, más exactamente en el art. 24 del CST, existe una presunción legal, la cual indica: "Se presume que toda relación de trabajo personal está regida por un contrato de trabajo", así las cosas, tienes derecho a todas las acreencias laborales a que haya lugar como consecuencia de dicha relación laboral.
Puedes contactarte con nuestro grupo de profesionales directamente a nuestro correo electrónico o número de celular, estaremos felices de atenderte.
Le recomendamos primero que todo acudir al Ministerio de trabajo con el fin de citar mediante conciliación prejudicial a su empleador y así solicitar el pago de su lqiuidación de salarios, pago de prestaciones sociales y aportes a seguridad social en salud, pension y riesgos laborales.
Posteriormente, fracasado esto sin ningun recnocimiento por parte de su antiguo empleador a traves de conciliación, debe iniciar una demanda ordinaria laboral.
Buenas noches Mariana, se debe iniciar una demanda laboral, solicitando la liquidación y demás prestaciones que debieron ser pagadas durante el tiempo que trabajaste. Contactanos para una mejor asesoría.