Mi padre murió, y en vida le adjudicaron el derecho a una vivienda militar
Realizada por ISMAEL MARQUEZ. 16 mar 2016
Sucesiones
Este era un derecho que ya tenía ganado mi único hermano que falleció también. Muerto mi padre, el ejército me llama y me dice que haga su sucesión para darme el derecho. En la notaría me piden sucesión de mi madre que murió 30 años antes que mi padre. No entiendo por qué si mi padre recibió ese derecho de herencia de mi hermano, me ponen problemas en la notaria. Además cuando murió mi madre no tenían bienes. ¿Qué puedo hacer? ¿Tengo razón, o debo hacer sucesión de mi madre? Aunque yo pienso que sucesión de qué si no hubo bienes. ¿Por favor me pueden hacer esa sucesión de mi padre?
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Buenos días señor ISMAEL MARQUEZ
Para nosotros es un placer atender sus requerimientos y solicitudes.
Hay siempre lugar a representación en la descendencia del difunto y en la descendencia de sus hermanos; si su padre había adquirido mediante sucesión el bien que su hermano tenia es necesario tener los fundamentos para demostrar que efectivamente ese bien le correspondía y ahora que ya no está ese bien da lugar a su nuevo propietario en un proceso completamente diferente en el que se debe adjudicar el derecho de la propiedad a su nombre en caso de no haber otra persona con derechos e intereses vinculatorios.
Justamente por ser un bien que el ejército como institución nacional del estado confirió a su hermano, es posible que exijan requisitos mas allá de lo que se determine en un proceso ordinario y es bueno contar con todos los soportes que lo nombren como dueño legitimo ya que más adelante puede que ostenten la calidad de no poseedor y acarreará problemas mayores.
Nos gustaría saber más del tema y poder revisar la documentación que tiene en este momento por lo cual le solicito información más precisa para ampliar el contenido.
Gracias por confiar en nuestra firma de abogados y en respuesta a su trámite tenga la plena confianza de que será atendido por personal idóneo y especializado en este tipo de diligencias.
Buenos dias, inicialmente aunque no se tengan bienes, es necesario hacer sucesión para liquidar sociedad conyugal aunque sea en ceros. Como su madre murió hace tantos años, es necesario mirar y revisar como adquirió su padre el derecho (por sucesión de su hermano?). Por lo tanto lo invito a que se comunique con nosotros para brindarle una asesoría mas completa.
Es pertinente establecer los órdenes sucesorales a efectos de determinar la iniciación de la sucesión, y quién estaría legitimado a iniciarla. Con gusto le asesoramos y gestionamos su caso.
Respetado Señor MARQUEZ cordial saludo desde la confianza que le brinda una Corporación de abogados con postgrado, especializados en derecho de familia y sucesiones; con mucho gusto por contar con una amplia experiencia podemos iniciar la sucesión de su padre, contáctenos directamente por nuestro nombre en internet Fundación Jurídica San Ivo e inmediatamente un profesional especializado se pondrá en contacto con Usted; somos garantía, seriedad y cumplimiento.