Me pueden embargar cuando hay sustitución patronal
Me llegó un embargo con el nombre de la razón social anterior está procede en la nueva razón social
Me llegó un embargo con el nombre de la razón social anterior está procede en la nueva razón social
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Estimada Juliana,
Al existir sustitución patronal los deberes y obligaciones son asumidas por el nuevo empleador. en este sentido también asume los pagos y descuentos que se venían haciendo en la anterior empresa.
Sin embargo nos gustaría revisar su caso
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Hola, Juliana.
Gracias por tu consulta. Entiendo tus inquietudes y quiero brindarte una orientación inicial.
En casos de sustitución patronal, aunque la razón social haya cambiado, los derechos y obligaciones laborales suelen mantenerse, ya que la sustitución no extingue las responsabilidades adquiridas por el empleador anterior, según la legislación laboral. Esto significa que, en principio, un embargo dirigido a la empresa anterior puede proceder con la nueva razón social, ya que la deuda sigue vinculada al contrato laboral y a los ingresos del trabajador, independientemente del cambio de empleador.
Sin embargo, es fundamental revisar detalles como la notificación del embargo, la documentación correspondiente, y si se cumplieron todos los procedimientos legales en el proceso. También es clave verificar que la sustitución patronal haya sido registrada adecuadamente ante las autoridades competentes.
Te invito a que hablemos en una asesoría para revisar el embargo en detalle y garantizar que se respete tu situación laboral y tus derechos. Estoy disponible para ayudarte con este tema.
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