Me pueden embargar cuando hay sustitución patronal

Realizada por Juliana valencia. 5 feb 2025

Me llegó un embargo con el nombre de la razón social anterior está procede en la nueva razón social

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Estimada Juliana,

Al existir sustitución patronal los deberes y obligaciones son asumidas por el nuevo empleador. en este sentido también asume los pagos y descuentos que se venían haciendo en la anterior empresa.

Sin embargo nos gustaría revisar su caso

CNG ABOGADOS CONSULTORES Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

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Hola, Juliana.

Gracias por tu consulta. Entiendo tus inquietudes y quiero brindarte una orientación inicial.

En casos de sustitución patronal, aunque la razón social haya cambiado, los derechos y obligaciones laborales suelen mantenerse, ya que la sustitución no extingue las responsabilidades adquiridas por el empleador anterior, según la legislación laboral. Esto significa que, en principio, un embargo dirigido a la empresa anterior puede proceder con la nueva razón social, ya que la deuda sigue vinculada al contrato laboral y a los ingresos del trabajador, independientemente del cambio de empleador.

Sin embargo, es fundamental revisar detalles como la notificación del embargo, la documentación correspondiente, y si se cumplieron todos los procedimientos legales en el proceso. También es clave verificar que la sustitución patronal haya sido registrada adecuadamente ante las autoridades competentes.

Te invito a que hablemos en una asesoría para revisar el embargo en detalle y garantizar que se respete tu situación laboral y tus derechos. Estoy disponible para ayudarte con este tema.

ZEM ABOGADAS Abogado en Medellín (El Poblado)

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