hace 19 años hice un préstamo con respaldo de hipoteca, el préstamo fue a 10 años, tuve una quiebra y no pude pagar mas cuotas. En todas las ferias de normalizacion de creditos estuve presente tratando de hacer arreglos, pero siembre me dijeron que no tenían soportes para solucionar mi problema.
La última cuota del crédito fue en mayo de 2007, después de esto nadie me dio mas información sobre el tema, esa cartera fue vendida por el banco y paso por tres propietarios. En junio del año 2014 una empresa de abogados encontró un contrapagaré de garantía y nos instauro una demanda, sabiendo que este pagaré había prescrito en el año 2010, colocó el capital como si nunca hubiéramos pagado, le sumó los intereses corrientes, intereses de mora y totalizó en una cantidad enorme.
El juez aceptó por todo el valor como si fuera capital y nunca nos notificaron hasta cuando ya había pasado un año de colocada la demanda, y ya habían embargado el bien inmueble, cuando nos enteramos contratamos una firma de abogados, los cuales pusieron a una niña recién egresada a contestar la demanda, y no alegó lo que tenia que hacer, luego contratamos a un abogado experto y tampoco hizo nada en nuestra defensa, solo apelo en segunda instancia. El magistrado aceptó el fallo de primera instancia.
Me siendo atracado y robado, vulnerado en mis derechos como colombiano, esta casa es mi único patrimonio, no tengo pensión y ahora quedo en la calle con mis hijas y esposa, quiero peguntar si cabe una tutela para recobrar mis derechos.
Agradezco su información.
Dios los bendiga.
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VICENTE cordial saludo desde la única fundación líder en consultoría jurídica especializada como abogados en derecho civil embargos, nuestra recomendación es contar con un profesional que tenga postgrado y experiencia en éstos procesos como los de nuestra Corporación, NO somos tramitadores ni profesionales recién graduados; así que escribanos directamente al correo: fundacionsanivo en gmail o en nuestra dirección encontrará nuestro número telefonico o estamos por nuestro nombre en internet, donde un abogado lo asesorará en este caso, para interponer las demandas, denuncias y nulidades del Caso invocando la prescripción de la acción.
Así como usted cuenta los hechos, encontramos que se perdió una oportunidad valiosa en cuanto lo se excepcionó la prescripción de la obligación, y tampoco en su momento en el año 2015 alnotificarse se denunció oportunamente el posible fraude procesal cometido por la empresa que compró la cartera al banco.
Recomendamos en este caso revisar bien el tema con un penalista si todavia tiene oportunidad de denunciar un fraude procesal y constituirse como victima en el respectivo proceso penal.
Veo complicado como tal instaurar una acción de Tutela ya en 2016, porque en 2015 tuvo la oportunidad de excepcionar prescripcíon, pago parcial, cobro de lo no debido, y revisar si habia lugar para alegar de pronto nulidades.
La acción tuttela en estos temas procesales cobra más fuerza como mecanismo subsidiario frente a otros medios de defensa judicia existentes, y es por ello que veo complicado el tema por vía de tutela, así como usted cuenta su caso.
Lo que sus abogados tenían que hacer es interponer una nulidad por indebida notificación, pero si no lo hicieron claro que vale una tutela pidiendo la violación al debido proceso, dignidad humana, y solicitando una medida provisional que suspenda el trámite del proceso ejecutivo hasta que se resuelva la tutela, además podría interponer una queja disciplinaria contra la firma de abogados que le interpuso la demanda a sabiendas de que el título se encontraba prescrito y para analizar pero con más detalle según lo que haya pasado en expediente algún fraude de tipo procesal frente al punto de la notificación personal.