Son 3 socios en la sas, uno tiene el 50% y los otros dos el 25% cada uno. ¿Es posible que al momento de sacar un préstamo bancario firme únicamente el socio del 50%? Gracias.
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Benjamín, cordial saludo.
Sin perjuicio de las mayorías accionarias, quien puede tramitar el préstamo es quien tenga las facultades estatutarias para ello, generalmente los Representantes Legales (principales o suplentes). Es importante revisar la capacidad del Representante y las limitantes que en cuantía se hayan estipulado en los estatutos (suele ponerse un límite de obligar a la sociedad o realizar negocio hasta X valor). Con todo gusto podemos asesorarle.
Señor Benjamín:
Partimos de que si es una SAS, es una persona jurídica, que consta de estatutos por ser una SAS, en ellos se encuentra la figura de representante legal y sus facultades, que si el crédito desborda esas facultades deberá ser aprobado para firmarlos por la mayoría calificada de los accionistas, y en este caso lo firma es el representante legal, único responsable de estas funciones estatutarias y legales. Si requiere mayor información, comuníquese con nosotros
Buenos días estimado Sr. Benjamín, la persona indicada para firmar un documento solicitando un préstamo bancario es quien aparezca inscrito en la sociedad como el representante legal, sin importar si es titular del 25 0 50 % de la empresa.
Si necesita asesoría legal respecto de temas corporativos, en GHER & Asociados somos expertos en derecho del emprendimiento.
Señor Benjamín, en este caso la persona indicada para solicitar un préstamo a una entidad bancaria es el representante legal o gerente de la compañía, sin importar cual el porcentaje de los accionistas de la sociedad.
Si requiere de asesoría legal corporativa no dude en contactarnos, en GHER & asociados somos expertos en temas corporativos y del emprendimiento.
Respetado Señor BENJAMIN, cordial saludo desde la confianza que le puede brindar a su Empresa una Fundación Jurídica como la nuestra, primera en respuestas y única de éste gran portal; los Bancos son las entidades mas estrictas en éste sentido, y solo le presta dinero al gerente o representante legal e incluso les exigen acreditar los estatutos donde conste la facultad para pedir prestamos; cualquier inquietud adicional nuestra Corporación Jurídica directamente digitando nuestro nombre nombre en google le puede brindar una asesoría permanente en todo y de manera inmediata a través de nuestro profesionales especializados y con experiencia, le agradecemos que nos coloque un -me gusta- en la respuesta.