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Como única Fundación Jurídica especializada de éste Portal, desde el año 2006 a través de la Ley No. 1010 usted se podrá asesorar en todo lo relacionado con el tema de acoso laboral, la entidad competente es el Ministerio del Trabajo y en su página existen conceptos relacionados con éste tema los cuales le pueden brindar mayor claridad, así mismo las personerías fuera de tener competencia también le asesoran al respecto.
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5 respuestas
Apreciado consultante, en Colombia el acoso laboral fue normatizado en la LEY 1010 de enero 2006, la puedes bajar de la siguiente dirección: http://www.supersociedades.gov.co/superintendencia/normatividad/leyes/Leyes/Ley%201010%20de%202006.pdf.
Cualquier otra inquietud en este u otro tema laboral, es una oportunidad de aportar desde nuestra experiencia. Solutio S.A.S
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Apreciado señor. Le remito una dirección donde puede ver un resumen de la ley: http://www.camaramedellin.com.co/site/Portals/0/Documentos/Biblioteca/memorias/acoso-laboral-ley-1010-2006-camara-comercio-medellin.pdf. Si requiere algún apoyo, no dude en contactarnos.
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La ley 1010 de 2006 establece en su artículo 7o. las conductas consideradas de acoso laboral. Sin embargo es conveniente revisar las conductas, pues no todas constituyen acoso laboral.
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El acoso laboral esta regulado en la ley 1010 de 2006, ademas deberá estar contemplado en el reglamento interno de trabajo y la empresa deberá tener conformado un comité que reciba las quejas de acoso laboral que se den al interior de la empresa.
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Esta en la Ley 1010 del año 2006 y las entidades competentes son las Inspecciones del Trabajo, las Personerías y las Oficinas de Control Interno Disciplinario de las entidades.
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