Realizada por Andrés Maldonado. 6 mar 2016
Asesoría
Buenas tardes, mi familia tiene una finca, y la carretera llega hasta ella desde hace 12 años, atravesando otras fincas. La finca de al lado esta en venta en este momento, y el dueño nos ha dicho que nos quitará el paso de la carretera entre su finca y la nuestra porque el nuevo comprador se lo exige.
En su momento nosotros le pagamos al vecino porque nos dejara pasar la carretera por la propiedad ($600.000 pesos).
Queremos saber cómo debemos proceder ante este atropello.
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Respetado Señor MALDONADO, reciba un cordial saludo desde la garantía que le ofrece la única Fundación Jurídica primera en respuestas, efectivamente Usted tiene todo el derecho a que le sea reconocida una servidumbre, para ello se necesita de un abogado con especialización o postgrado que tenga la experiencia suficiente en éste tipo de pleitos como los de nuestra corporación, ya que se trata de un conflicto de tierras donde nadie quiere ceder un centímetro de ellas, por lo tanto comuníquese con nosotros directamente colocando nuestro nombre Fundación Jurídica San Ivo e inmediatamente uno de nuestros abogados se comunicará con Usted y a través de un proceso tanto policivo como judicial solicitará que le sea reconocido ese camino, esa vía, esa servidumbre que existe de hecho hace muchos años y que solo falta ese reconocimiento legal; finalmente para nosotros es muy importante que todos los que lean esto coloquen un me gusta como calificación que se encuentra al lado de esta respuesta.
Su finca tiene una servidumbre de transito, la cual dada las particularidades que comenta, son un derecho, el cual debe hacer valer. La venta de la finca que soporta la servidumbre, se efectúa con la servidumbre incluida, ni el vendedor o el comprador pueden suprimirles el derecho a la servidumbre en la medida que cumpla con los requisitos de ley. Comuníquese con nosotros para asistirle y hacer valer su derecho.
Para nosotros es un placer atender sus requerimientos y solicitudes.
Tenemos abogados que ya tienen conocimiento previo de casos similares y estamos prestos a brindar la atención que necesita.
Lo que comentó es un caso común de servidumbre de transito y es frecuentemente realizado para cobrar más por el acceso a vías que sirven de puente entre mas fincas e incluso pueblos y hay quienes optan por aprovecharse y sacar beneficios de manera ilegal.
Por tanto: Para que pueda imponerse una servidumbre de tránsito, es necesario observar tres condiciones:
Que el predio se encuentre incomunicado de la vía pública más cercana,
Que la incomunicación sea por la interposición de otros predios y,
Que el acceso al camino público sea indispensable para el uso y beneficio de su predio.
Nos gustaría saber más del tema y poder revisar la documentación que tiene en este momento por lo cual le solicito información de contacto para ampliar el tema.
Gracias por confiar en nuestros abogados y en respuesta a su trámite tenga la plena confianza que será atendido por personal idóneo y especializado en este tipo de diligencias.