Buen día
El día 9 de septiembre se cumple al arriendo para lo arrendatario, pero desocupa el predio el día 15, es mi obligación darle esos día para desocupar, lleva tres años viviendo en el inmueble.
Por otro lado al momento de arrendar dejo un depósito de 150.000, pero a la fecha el costo de sus servicios suma 250.000. le estoy solicitando la diferencia pero indica que para esos ella dejo el depósito como puedo pedir ese saldo.
Gracias quedó atenta.
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No estás obligado a permitir días adicionales para desocupar el inmueble si el contrato ya ha vencido, pero puedes hacerlo mediante un acuerdo formal. En cuanto al saldo pendiente por servicios públicos, tienes derecho a reclamar la diferencia, ya que el depósito inicial no cubre el monto total adeudado. Si el arrendatario se niega a pagar, puedes recurrir a acciones legales para exigir el cumplimiento de sus obligaciones.
Saludos estimada Martha, esas situaciones se deben dejar plasmadas en el contrato de arrendamiento, la arrendataria debe asumir el gasto de los servicios que se adeudan. Si necesita asesoría para realizar un contrato, contáctenos, somos AdLegis Asociados.