¿Cuánto es la cuota alimentaria de un policía?
El padre de mi hijo es policía quiero demandarlo para que le pase, ya que apenas mi hijo tiene 10 meses. Quisiera saber de cuánto podría ser la cuota, contando que es el único hijo que tiene.
El padre de mi hijo es policía quiero demandarlo para que le pase, ya que apenas mi hijo tiene 10 meses. Quisiera saber de cuánto podría ser la cuota, contando que es el único hijo que tiene.
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Señora Marla, buenas tardes,
En Feris Abogados somos expertos en demandas de alimentos.
Respecto a su consulta debemos poner de presente que la fijación de la cuota depende de lo que acuerden las partes (mutuo acuerdo) o lo que el Juez defina, pudiendo ser hasta del 50% de lo que él recibe como salario.
Si nunca se ha fijado una cuota de alimentos, debemos previamente acudir ante Bienestar Familiar y convocar al padre de los menores para lograr la fijación de una cuota alimentaria. Sino se logra el acuerdo hay que presentar una demanda de FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA donde el Juez impone una cuota así no haya consenso entre Ustedes y el demandado.
Para la fijación de la cuota alimentaria el Juez debe ponderar (i) la necesidad real de alimentos del alimentario ( es que quien recibe los alimentos) y la capacidad económica del alimentante (persona quien la ley obliga a entregar los alimentos).
Estamos prestos a atender su caso tanto en la audiencia de conciliación como en el trámite judicial.
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Buenas Tardes Sra. Maria
Respecto a su solicitud la invitamos a que agende una cita por medio de nuestro portal, así podremos brindarle asesoría oportuna y darle los parámetros necesarios en cuanto a su solicitud.
Quedamos atentos,
Equipo Jurídico Legal Plus Abogados
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Maria contáctese a mi Whatsapp para informarle el costo de la Consulta, NO presto asesoría gratuita o sígueme por twitter e instagram.
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Buen día Señora María, de acuerdo con su inquietud le informamos que no existe un porcentaje preestablecido para determinar el monto de la cuota alimentaria de sus hijos, ésta se pacta de conformidad con los ingresos y egresos del directamente responsable; ahora bien, dicha cuota puede ser pactada de común acuerdo ante el Bienestar y de no llegar a un acuerdo debe ser decretada judicialmente ante la jurisdicción ordinaria.
Ante lo anterior le recomendamos agendar una cita con nosotros, para analizar el caso en concreto y poder asesorarla de una mejor manera.
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