como proceder si la Administradora de la Unidad da permisos para construir

Realizada por Marcela Zapata. 4 oct 2024

Buenas tardes,

Cordial saludo.

Actualmente presento un problema con el apartamento (cuarto piso), ya que la Administradora de la Unidad le dio permiso al señor del quinto piso, que es el último piso del edificio, para echar una plancha y construir una habitación y baño adicional, sin que nosotros diéramos permiso. Con la construcción el vecino tapo los ductos de ventilación del edificio (buitrón) y todos los malos olores y gases del edificio se están quedando en mi apartamento, afectando la calidad de vida y la salud de mi mamá y la mía, debido a que en las horas de la noche los olores son muy penetrantes y se esparcen por todo el apartamento; además de las grietas y el deterioro que le ha generado al apartamento por el peso de la nueva construcción.
Al solicitarle el permiso de planeación a la Administradora y el vecino, ninguno de los dos manifiesta tenerlos, yo acudí a la oficina de Planeación, a la Curaduría de Bello para reportar el caso y a la inspección policial y realizaron las visitas pertinentes, pero la querella en la inspección de policía no avanza, ya llevamos casi dos años en la misma situación, a pesar de tener evidencias de un informe de un patólogo y pagar el apoyo de un abogado, sintiendo irregularidades en el proceso. Motivo por el cual quisiera tener una consulta de orientación para saber si el caso esta bien orientado o si es necesario implementar otras acciones y el cambio de abogado, porque vivir con estos olores en el apartamento no es vida.

Quedo atenta a sus comentarios.

Agradezco la atención brindada.

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Cordial saludo,

Los administradores de las copropiedades legalmente no están facultados para conceder permisos de construcción, ya que esta atribución corresponde a los curadores urbanos (o a las secretarías de planeación en aquellos municipios donde no exista la figura del curador). Por lo tanto, el permiso que para tal efecto conceda el administrador carece de validez.

A su vez, los funcionarios competentes para ejercer vigilancia y control sobre las obras de construcción, e imponer las sanciones respectivas, son los inspectores de policía.

En el caso que usted señala no debería haber tanta demora en la inspección de policía y se deben ejercer prontamente las acciones de impulso que sean necesarias para que el proceso avance, entre otros, porque de cumplirse el término señalado en la ley para proferir una decisión de fondo y el inspector no lo llegare a hacer, perderia la competencia y ya no podría imponer ninguna sanción.

Gerardo Delgado González Abogado en Cartagena de Indias (Localidad Histórica Y Del Caribe Norte)

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