La familia de mi padre esta compuesta por tres hermanos. Mi padre, que era el mayor, falleció hace 12 años. Hay una casa que por la muerte de mis abuelos correspondía a mi padre fallecido y a los dos hermano de él.
En esa casa lleva viviendo hace tres años una hermana de mi papá. Ella tiene casa propia, la cual se la dio al otro hermano para que viviera, el caso es que ella no paga arrendo y la casa no la venden para poder repartir en los que corresponden. Yo pago arriendo y vivo con mis hijos y mi madre, ¿hay alguna manera de q ellos se vayan y poder vender la casa que se está acabando con el pasar de los años?
Ellos no tienen dispocisión de irse para vender esa casa. Tienen animales ahí, huele feo, tienen hasta las cenizas de mi abuela, la gente va la mira y se desaniman en comprar y así llevan más de 3 años. ¿Qué puedo hacer?
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Buenos días, lo primero a realizar es la sucesión de sus abuelos, en la cual usted heredaría por una figura conocida como "representación", una vez adjudicado el inmueble en cuotas partes a cada uno de los herederos, puede iniciar un proceso judicial de "venta de la cosa común", esto partiendo de la base que la casa no puede ser divisible, por intermedio de este proceso el bien sale a pública subasta y se divide entre los herederos el valor sufragado por el rematante.
Esperamos sea útil la respuesta, alguna inquietud adicional puede ser enviada directamente como mensaje a nuestra organización.
De acuerdo a lo mencionado se podría pensar que no han realizado la sucesión correspondiente de su abuelo, (esto solo se puede revisar con los documentos correspondientes)
Luego si se hizo la sucesión pero se adjudico a todos los herederos, hay que solicitar la división material y venta del bien común, para lo cual nos puede contactar a nuestros números telefónicos que aparecen en esta pagina o internet.
Respetado Señor LUIS, reciba un cordial saludo desde la única fundación legal líder en respuestas especializada como Abogados de Sucesiones Herencias, ante todo lo que requiere es ponerse en contacto con un profesional especializado con postgrado que tenga la experiencia de éxito en procesos muy similares al suyo como los de nuestra Corporación, en consecuencia en nuestro nombre encontrará el número telefónico también estamos en internet o escribanos un correo al gmail fundacionsanivo e inmediatamente un abogado con postgrado le resolverá éste caso procediendo al lanzamiento de las personas que se han posesionado de su casa.
Una vez una persona muere, es pertinente iniciar por parte de sus herederos, el correspondiente proceso de sucesión con la finalidad de que el patrimonio del primero, se transmita formal y jurídicamente a los segundos con derecho a heredar.
El trámite de la sucesión por causa de muerte, admite dos trámites: el Judicial, en el evento en que no todos los herederos se encuentran de acuerdo en llevar a cabo la sucesión, el cual se instaura ante los jueces de familia, y el notarial –mucho más expedito-, cuando los herederos acuerdan la forma como se van a distribuir los bienes que hacen parte del haber sucesoral.
No resulta pertinente que alguno de los herederos, o todos unánimemente, dispongan de bienes que hacen parte de la sucesión, sin antes haberse estos adjudicado formalmente dentro del respectivo proceso de sucesión, advertencia que se recalca principalmente tratándose de bienes inmuebles, pues, mientras no se realice la adjudicación de los mismos a los herederos, sencillamente los bienes seguirán en cabeza de los fallecidos en las oficinas de registros de instrumentos públicos, resultando entonces inadecuado el acto de compra venta realizado de esa manera.
Por consiguiente, y de acuerdo a su necesidad es necesario iniciar proceso ante Juez de Familia y solicitar la apertura de sucesión y a posteriori solicitar la venta en pública subasta del inmueble.
Para nosotros es un placer atender sus requerimientos y solicitudes.
En su caso se puede pedir que se realice la sucesión para que le den la parte que le corresponde, sin embargo como los hermanos de su padre no desean vender el inmueble lo mejor sería iniciar un trámite de remate ante el juez para que le compren su parte o se venda en su totalidad la casa.
El juez al tomar parte en el asunto será quien decida si es conveniente la venta que por lo comentado es una alternativa acertada.
Contáctenos por medio de mensaje interno, visitando nuestra página web o por medio telefónico para brindarle una atención inmediata.
Gracias por confiar en nuestra firma de abogados y en respuesta a su trámite tenga la plena confianza que será atendido por personal idóneo y especializado en este tipo de diligencias.
Le informamos que una vez revisados los comentarios que envía sobre su caso, estamos ante lo que se denomina una sucesión intestada, a la cual usted acudiría en representación de su padre. Se debe iniciar un proceso de sucesión ante el Juez de Familia, y allí podríamos solicitar una medida provisional para salvaguardar el bien objeto de la sucesión, que este caso es la casa que nos informa, para con ellos evitar que el mismo se siga deteriorando. Con la sucesión se lograría la venta o adjudicación a cada heredero de la parte que le corresponde.
Contáctenos para tener el gusto de atenderlo y asesorarlo con el mayor de los gustos.