buenas noches. derecho comercial.
De antemano un cordial saludo. mi caso es el siguiente.
1. En el año 2000 mi madre fue codeudora , de su mejor amiga para colaborarle en arrendar un inmueble. el caso fue que la amiga inclumplio los canones de arrendamiento y fue desalojada del inmueble. a mi madre le iniciaron un proceso jurídico donde el inmueble de mi madre quedo afectado. posteriormente mi madre y la mejor amiga iniciaron un acuerdo de pago con la agencia de arrendamiento se les pago por cuotas en efectivo y tambien se pago con activos de un almacen de la amiga que tenia en el centro como una caja registradora y ropa y la agencia acepto y por ultimo la amiga cedio un CDT a la agencia y se termino de saldar la deuda. ahora en el año 2023 mi madre va hacer codeudora de un hijo y tal sorpresa que ahora necesita un paz y salvo de la agencia donde se cancelo la deuda. no aparece el CDT con el que se acabo de pagar la deuda y la abogada de esa agencia no les dio en esa epoca un paz y salvo, no hemos podido contactar a la abogada y la agencia no nos da el paz y salvo. si les interesa el caso me pueden contactar a mi correo electrónico . les agradecería una orientacion legal. muchisimas gracias....