Compramos un apartamento sobre planos; finalizando el proyecto, evidenciamos que por cuantía los bancos no pueden prestarme todo el dinero requerido. Informo a la constructora que deseo desistir del negocio, porque no puedo cumplir. En la promesa dice que me descuentan el 5% (algo que estamos de acuerdo porque estaba pactado), pero nos dicen que nos regresan el dinero más o menos en un año. ¿Esto es legal? Nosotros necesitamos el dinero y no es posible que siendo tan puntuales con nuestras cuotas ahora tengamos que esperar tanto tiempo. Gracias por su ayuda.
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Liliana comuníquese a mi Whatsapp para informarle el costo de la Consulta.
Para nosotros es un gusto atender sus requerimientos y solicitudes.
Dentro de las clausulas de un contrato de compraventa civil existen aquellas en donde se castiga en caso de incumplimiento o retractación, esta es una evidencia de ello y efectivamente al haberse acordado y firmado de manera consensuada se debe cumplir con esa sanción.
Hay algunos puntos importantes que solo podemos aclarar por interno.
Respecto al tema de su consulta, me permito indicar que nuestro equipo de profesionales puede brindar la asesoría que usted necesita en todo lo relacionado con derecho inmobiliario, le explicaremos el procedimiento específico desde el inicio hasta el final, resolviendo todas las preguntas que tenga y buscando solución frente a lo planteado.
La invitamos a programar una consulta que no tiene costo, en donde se tendremos la oportunidad de escucharla y presentarle nuestra forma de trabajar para usted.